El sector formado por los autónomos es uno de los más perseguidos por la administración, especialmente en lo que al pago de impuestos y al vacío de derechos sociales se refiere.
Si se comparan las prestaciones de los autónomos con las del resto de trabajadores, éstos no tienen facilidades para conseguir la prestación por desempleo, la baja por enfermedad o los permisos por paternidad, entre otros tantos.
Estas son las ayudas, que según SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), obtiene a día de hoy un autónomo de la Seguridad Social:
Jóvenes: Hombres menores de 30 años y mujeres con menos de 35 años pueden acceder a una bonificación del 30% de la cuota mínima de autónomos durante un periodo de 30 meses, que suponen 15 meses de reducción y otros 15 meses de bonificación.
Hace referencia a los autónomos dados de alta a partir de la entrada en vigor del Estatuto del Trabajador Autónomo. Las personas menores de 30 años contarán con una reducción de 80% durante los seis primeros meses, del 50% durante los siguientes seis, del 30% entre el 12 y 15 mes, y con una bonificación del 30% durante los siguientes 15 meses hasta cumplir los 30 meses.
Mayores de 30 años: reducción sobre la cuota de contingencias comunes durante 18 meses, como máximo, una reducción del 80% durante los seis primeros meses, los seis meses siguientes del 50% y entre el primer año y el mes 18, del 30%.
Baja por maternidad o paternidad: bonificación del 100% de la cuota que se obtiene al aplicar sobre la base mínima o fija que corresponda al tipo de cotización establecido como obligatorio durante el periodo de sustitución.
Altas de familiares colaboradores de autónomos: disponen de una bonificación del 50% de la cuota resultante de aplicar sobre la base mínima del tipo correspondiente e cotización vigente durante un año y medio.